En el cuidado del principal punto de reunión de la ciudadanía y espacio al aire libre, existen dos factores a considerar, estos son el criterio personal que cada ciudadano debe tener, y multas para quienes no respeten las normas.
No pisar el césped ni andar en bicicleta por la Plaza Gabriela Mistral de Vicuña son parte de las prohibiciones que establece claramente la Ordenanza Municipal sobre “Uso y Resguardo de la Plaza de Armas” y que ahora está respaldada con letreros que explican claramente esta normativa que está dirigida a cuidar y proteger un espacio común tanto para los vicuñenses como para quienes visitan la ciudad.
Así lo explicó el alcalde de la comuna Rafael Vera, “cuidar la plaza es responsabilidad de cada uno de nosotros, muchas veces se nos dijo que por el hecho de no haber letreros, ese era el impedimento (para que la gente no cuidara), bueno hemos colocado los letreros para que no le quepa duda a nadie que la plaza es de todos, que hay que cuidarla y que está prohibido pisar el césped y que está prohibido efectivamente andar en bicicleta” dijo el edil con convicción.
Respecto a las normas que tienen que ver con el pasto y el uso de bicicletas el edil fue categórico respecto a algunas malas costumbres ciudadanas. “No es posible que utilicemos el césped para acampar, para acostarnos, cuando efectivamente la idea es tener esta plaza y cuidarla, el pasto es muy sensible en nuestro sector y hay que cuidarlo en buena forma, por lo cual esta indicación es importante” remarcó el alcalde Vera.
En cuanto al uso de bicicletas dentro de la plaza el edil señaló que “de alguna manera algunas personas no entendían que la plaza no es para andar en bicicleta, por lo que le solicito a los vecinos que vean personas que andan en bicicleta, que efectivamente les digan que no deben hacerlo, que si esas personas no entienden y si hay un carabinero cercano, le avisen y si no es así nos vayan a avisar al municipio para mandar un fiscalizador y los notifique que están citados al Juzgado de Policía Local por estar incumpliendo una norma” acotó.
Cabe señalar que serán citados al Juzgado de Policía Local y sancionados con multa a beneficio municipal de 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales (46 mil y 230 mil pesos aproximadamente) las personas que hayan causado o sean sorprendidas ocasionando daños materiales al recinto de la Plaza de Armas o sus instalaciones o mobiliarios, sean sorprendidas conduciendo o transitando en la Plaza de Armas en vehículos cuya circulación por dicho recinto se encuentre prohibida o causen daño a las personas o las instalaciones o recinto de la Plaza de Armas a consecuencia de la conducción de vehículos cuya circulación está permitida, entre otros daños.